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Foto del escritorMabel Martínez Díaz

Jubilaciones por Convenio Internacional: una odisea para los argentinos en el exterior.

Para los Argentinos residentes en el exterior tramitar un beneficio previsional por convenio internacional es con frecuencia una pesadilla.

Muchos emigrantes argentinos que se encuentran en condiciones de acceder a la jubilación o pensión por aplicación de los diversos convenios internacionales de reciprocidad previsional celebrados entre la República Argentina con otros países, sufren la perpetua incertidumbre acerca del momento en que podrán cobrar su prestación por los aportes realizados en este país , debido a la injustificada demora de A.N.S.E.S en gestionar los trámites y a las particularidades del sistema previsional local.

Quienes se encuentren en esta situación deberían asesorarse oportunamente, evitando postergar la gestión del trámite previsional hasta el último momento,pues en muchos casos los países de residencia dejan de abonar una multitud de subsidios al cumplir los 65 años de edad quedando súbitamente sin ninguna fuente de ingresos.



Los convenios bilaterales celebrados entre Argentina y otros países garantizan que las prestaciones en los sistemas de seguridad social de trabajadores en ambos territorios sean reconocidas, permitiendo el acceso a los beneficios previsionales a través de la reciprocidad.

Actualmente se encuentran vigentes convenios bilaterales suscriptos entre Argentina y Bélgica, Chile, Colombia, Ecuador, Eslovenia, España, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Portugal, Perú , el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del Mercosur con Brasil, Paraguay y Uruguay y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social que incluye a Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal y Uruguay.

La demora habitual de A.N.S.ES para gestionar los tramites se vió agravada desde el pasado 20 de marzo, ante el suspensión de la atención al público de numerosas delegaciones y oficinas del mencionado organismo previsional argentino con motivo de la pandemia de Covid-19. Actualmente se viene reanudando paulatinamente la atención al público sólo con cita previa, la cual es muy difícil de obtener ante la saturación del sistema de turnos .

Por otra parte , el Sistema Integrado Previsional Argentino (S.I.P.A) con frecuencia registra en forma incompleta los aportes anteriores al mes de julio de 1994 ,deviniendo necesario acreditar su integración en el trámite previsional ante A.N.S.ES aportando el interesado la documentación laboral que tuviere en su poder . En caso de no poseer documentación debería gestionar en forma previa ante los antiguos empleadores la entrega de la correspondiente Certificación de Servicios y Remuneraciones ( formulario ANSES PS. 6.2), constancias de afiliación en Sindicatos y Obra Social, declaraciones testimoniales, etc.

Especial consideración merecen los aportes correspondientes a servicios considerados diferenciales o insalubres según la legislación Argentina, pues en estos casos A.N.S.E.S exige para el reconocimiento de tal carácter adjuntar prueba documental en el expediente previsional , aun con respecto a servicios posteriores a julio de 1994.

Como si esto fuera poco, el futuro beneficiario además deberá lidiar con los particulares enroques burocráticos Rioplatenses. Nunca lograremos comprender el motivo por el cual A.N.S.E.S pide un poder más de una vez y firmado con determinado color…

Todo parece conformar un entramado digno de ejecutarse por un superhéroe: ¡Nacer en Argentina es una verdadera aventura, hasta cuando emigramos!


Mabel Martínez Díaz, abogada.

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